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Uno de los mayores problemas medioambientales es el espectacular aumento de los envases, tanto en la producción como en el uso. Sirva como referencia un sólo dato: los envases y sus residuos representan el 50% del volumen y el 30% del peso de las basuras domésticas generadas anualmente en España. 

Este crecimiento en el consumo de envases y embalajes viene generado, entre otras razones, por el incremento del número de hogares con sólo una o dos personas, que implica una mayor demanda de porciones alimentarias pequeñas. Lógicamente, supone el aumento de envases y embalajes para la misma cantidad de producto. 

Asimismo, las personas mayores requieren envases sencillos y de fácil apertura. Pero deberán ser de difícil apertura los envases que evitan el acceso de los niños a contenidos como medicamentos o productos tóxicos, como algunos de los de limpieza. Todo ello conlleva la fabricación de tipos específicos de envases.

El punto verde de los envases

Para reducir la producción excesiva de residuos de envases y potenciar su reutilización y reciclado, la ley propone dos medios de actuación. El más operativo es el Sistema Integral de Gestión (SIG), procedimiento de recogida y tratamiento de los envases y sus residuos. 

 

Este sistema se financia mediante una tasa pagada por los envasadores, que grava cada producto comercializado por primera vez en el mercado nacional. Por ello, en el caso de un envase reutilizable, esta tasa se pagaría sólo una vez. Dicha tasa se establece según el material que compone el envase, pero no tiene consideración de precio ni está sujeto a tributación alguna.

Envases retornables

El segundo sistema propuesto por la ley, menos práctico y casi descartado por las empresas afectadas por esta norma, consiste en un proceso de depósito, devolución y retorno, que nos retrotrae a décadas atrás, cuando íbamos a comprar las bebidas con los "cascos" vacíos, para evitar un sobrecoste.

Los envasadores y comerciantes deberían cobrar, en este supuesto, una cantidad específica -por cada tipo de envase- a cada producto, viéndose obligados a aceptar los envases usados devueltos por los consumidores, reintegrándoles a cambio la cantidad cobrada por cada envase, siempre que los envases sean puestos en el mercado por ellos y resulten reconocibles para los comerciantes.

Fuente: Enbuenasmanos

 

Ley 34/2002 de servicios de la Sociedad de la Información

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